
¿Hasta cuándo hay plazo para recibir la prima de mitad de año? No se deje tumbar
Durante el mes de junio, millones de trabajadores están a la espera de la prima de servicios.
Esta prestación económica representa un reconocimiento por el trabajo prestado durante el primer semestre y una oportunidad para mejorar la salud financiera del hogar o cumplir metas personales.
La prima de servicios, contemplada por la legislación laboral colombiana, adquiere relevancia en medio de un contexto económico marcado por la inflación, el alza en los precios y la necesidad de afrontar gastos extra como matrículas, vacaciones o deudas acumuladas.
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¿Quiénes tienen derecho a esta prestación laboral?
La normativa vigente, en especial el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 1788 de 2016, establece que esta prima corresponde a todo trabajador vinculado mediante contrato laboral en Colombia.
Esto incluye a quienes tienen contratos a término indefinido, fijo o verbal, y que mantienen una relación de subordinación con el empleador.
Asimismo, están cobijados los trabajadores del servicio doméstico, los conductores de familia, los jornaleros o empleados por días y quienes laboran en zonas rurales.
En ese sentido, no tienen derecho a este pago los contratistas, independientes, trabajadores por prestación de servicios ni quienes perciben salario integral, dado que en este último caso la prima ya se encuentra incorporada en su remuneración mensual.
¿Cómo se calcula la prima de servicios?
Para determinar el valor exacto que debe recibir un empleado, se utiliza la siguiente fórmula:
- Salario mensual × días trabajados ÷ 360
Por ejemplo, un trabajador que haya estado vinculado continuamente entre el 1 de enero y el 30 de junio con un salario mensual de $2.500.000 recibirá una prima correspondiente a:
- $2.500.000 × 180 ÷ 360 = $1.250.000
En caso de que la relación laboral se haya iniciado después del 1 de enero, el cálculo se ajusta de forma proporcional al tiempo efectivamente laborado.
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El plazo máximo para pagar la prima de servicios en junio
De acuerdo con lo estipulado por la legislación laboral colombiana, el plazo máximo para el pago de la prima de mitad de año vence el 30 de junio. Es decir, todos los empleadores deben haber desembolsado esta suma a sus trabajadores, a más tardar, en esa fecha.
Cabe señalar que el empleador puede anticipar este pago o dividirlo en dos partes, siempre que no exceda la fecha límite establecida.
En caso de incumplimiento, el Ministerio del Trabajo tiene la potestad de imponer sanciones, incluyendo multas y el pago de intereses moratorios.
¿Qué puede hacer el trabajador si no le pagan la prima?
El no pago de esta prestación constituye una violación a los derechos laborales. En estos casos, el trabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo para presentar una queja formal.
La entidad está habilitada para investigar y sancionar a los empleadores que omitan esta obligación legal.
Además, el trabajador podría iniciar una acción judicial para reclamar los valores adeudados y solicitar indemnizaciones, si fuera el caso.
5 ideas para invertir la prima de servicios de forma inteligente
Recibir la prima representa una oportunidad financiera significativa. A continuación, le hablamos sobre cinco formas útiles y estratégicas para emplear este dinero:
- Pagar deudas: abonar a capital o saldar obligaciones pendientes puede liberar recursos a futuro.
- Ahorrar o crear un fondo de emergencia: es una herramienta clave para enfrentar imprevistos.
- Invertir en educación: cursos, diplomados o formación complementaria son inversiones con retorno a largo plazo.
- Hacer mejoras en el hogar: reparaciones necesarias o adquisición de electrodomésticos eficientes pueden generar ahorro.
- Invertir en un emprendimiento: es posible destinar una parte para comenzar un proyecto productivo personal o familiar.