¿Se pasó de la raya en el conjunto? Así lo pueden sancionar según la ley
¿Se pasó de la raya en el conjunto? Así lo pueden sancionar según la ley
Alcaldía de Bogotá/ Pexels
5 Jul 2025 07:10 AM

¿Se pasó de la raya en el conjunto? Así lo pueden sancionar según la ley

Sophia
Salamanca Gómez
Si bien el reglamento no se impone por capricho, sí hay herramientas legales claras para mantener la armonía entre vecinos.

Vivir en propiedad horizontal es compartir espacios, pero también respetar reglas. En conjuntos y edificios, la tranquilidad depende de que cada quien cumpla con normas básicas de convivencia. Cuando alguien insiste en portarse mal, la ley no se queda de brazos cruzados.

El incumplimiento de obligaciones no económicas, como hacer ruido en horarios prohibidos, invadir zonas comunes o romper el reglamento interno, puede terminar en sanciones legales claras y muy puntuales, como lo establece la Ley 675 de 2001.

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Tres formas de sancionar a los vecinos que no respetan las normas

El Artículo 59 define las sanciones para propietarios, inquilinos o terceros que violen el reglamento del conjunto. Todo empieza con un requerimiento escrito, dando un plazo para corregir la falta. Si no hay cambio, se pueden aplicar estas medidas:

  • Publicar el nombre del infractor en lugares visibles del conjunto, junto con el hecho que causó la sanción.
  • Multas económicas repetidas mientras se mantenga la infracción. Cada multa puede ser de hasta el doble de las expensas mensuales, sin que todas juntas superen diez veces ese valor.
  • Restringir el acceso a zonas comunes no esenciales, como salones comunales, gimnasios o canchas.

En ningún caso se puede restringir el uso de bienes comunes esenciales, como pasillos, ascensores o servicios básicos, ni aquellos de uso exclusivo.

¿Quién pone estas sanciones en los conjuntos?

Según el Artículo 60, la sanción debe ser impuesta por la asamblea de copropietarios o el consejo de administración, si el reglamento del conjunto les da esa facultad. Todo debe hacerse respetando el debido proceso, el derecho a defensa, a contradecir la medida y a impugnarla.

Se debe analizar:

  • Si la falta fue cometida con intención, por imprudencia o negligencia
  • El daño causado
  • Si el infractor es reincidente

También se deben aplicar criterios de proporcionalidad y graduación, es decir, la sanción debe estar en línea con la gravedad del hecho.

El reglamento interno debe decir qué conductas son sancionables, cuál sanción aplica para cada caso y cuánto puede durar la publicación o las multas.

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¿Qué pasa si la cosa se sale de control?

De acuerdo con el Artículo 61, el administrador del conjunto es quien debe hacer efectiva la sanción. Si el sancionado se niega a acatarla o se presenta una situación grave, el administrador puede acudir a la policía o a la autoridad competente para que intervenga de inmediato.

Esto incluye casos graves donde la convivencia o la seguridad del conjunto esté en riesgo.

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¿Qué puede hacer si no está de acuerdo?

El Artículo 62 establece que el propietario afectado puede impugnar la sanción dentro del mes siguiente a la notificación. Para hacerlo, debe seguir el procedimiento del Artículo 194 del Código de Comercio.

Aunque parte de ese procedimiento fue derogada por la Ley 1564 de 2012, sigue existiendo el derecho a que un juez revise la legalidad de la sanción impuesta.

Este conjunto de normas busca garantizar el respeto mutuo en espacios compartidos. Si bien el reglamento no se impone por capricho, sí hay herramientas legales claras para mantener la armonía entre vecinos.