
La jornada laboral en Colombia ha empezado a experimentar un cambio gradual con la entrada en vigor de la Ley 2101 de 2021, que establece una reducción progresiva de las horas semanales de trabajo.
Esta normativa busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores, permitiéndoles disfrutar de más tiempo libre sin afectar su salario ni sus prestaciones.
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Con lo anterior, ha surgido una duda recurrente entre empleadores y trabajadores y es si ¿la hora de almuerzo debe incluirse dentro del conteo de la jornada laboral? Esta inquietud ha sido abordada por el Ministerio del Trabajo mediante diversas doctrinas y conceptos jurídicos que aclaran el panorama.
¿La hora de almuerzo hace parte de la jornada laboral?
De acuerdo con la legislación laboral colombiana, la hora de almuerzo no forma parte de la jornada laboral ordinaria, salvo en situaciones excepcionales.
En este caso, el artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo establece que la jornada debe dividirse en al menos dos secciones con un intermedio de descanso, el cual no se computa como tiempo laborado.
Esto significa que el tiempo destinado al almuerzo es un espacio adicional al trabajo, concebido para permitir el descanso y la alimentación del empleado. Por tanto, no debe ser compensado ni contabilizado dentro de las horas que exige la ley como jornada ordinaria.
Sin embargo, existen casos particulares en los que el almuerzo sí puede contarse dentro de la jornada laboral. Esto ocurre cuando el trabajador debe continuar con sus funciones durante el tiempo destinado para alimentarse, como en empleos que requieren disponibilidad permanente o tareas que no pueden ser interrumpidas. En estos eventos, el tiempo del almuerzo se considera tiempo efectivo de trabajo.
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¿Se puede modificar la hora de almuerzo para ajustar la jornada?
El Ministerio del Trabajo ha sido claro al advertir que no es posible alterar el tiempo de descanso con el fin de implementar la reducción de la jornada laboral.
Aumentar o disminuir la duración del almuerzo para "ajustar" las nuevas 44 horas semanales podría representar una violación a los derechos del trabajador y acarrear sanciones administrativas.
Además, en doctrina oficial, la cartera laboral ha reiterado que la Ley 2101 de 2021 fue concebida con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los empleados, dándoles más tiempo libre real, es decir, fuera del lugar de trabajo, para compartir con sus familias, estudiar o descansar. En consecuencia, extender el almuerzo como excusa para reducir la jornada sería contrario al espíritu de la ley.
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¿Desde cuándo se ajustó la jornada laboral en 2025?
Desde el 16 de julio de 2025, el máximo legal de horas semanales se redujo de 48 a 44, como parte de la implementación gradual de la Ley 2101. Esta disminución continuará en 2026, cuando el tope llegue a 42 horas semanales.
Durante este proceso, no se debe considerar el tiempo de almuerzo dentro de la jornada, a menos que exista una condición excepcional que así lo justifique. Los empleadores deben adecuar los turnos y horarios sin reducir los tiempos de descanso y sin afectar los derechos adquiridos por los trabajadores.