Taxista manejó con tragos y perdió hasta el camello: ley no lo perdonó
Taxista manejó con tragos y perdió hasta el camello: ley no lo perdonó
Colprensa
7 Ago 2025 02:30 PM

Pillado manejando borracho: se quedó sin pase, sin taxi y sin sueldo

Adelaida Beatriz
Vangrieken Epiayu
Taxista manejó con tragos y perdió hasta el camello: ley no lo perdonó

Ley 1696 y consecuencias penales por conducir en estado de embriaguez

Durante una emisión reciente de Alerta Bogotá 104.4 FM, expertos en tránsito y normativas legales explicaron las implicaciones jurídicas que enfrenta un conductor sorprendido manejando bajo efectos del alcohol o sustancias psicoactivas. Según la Ley 1696, este comportamiento acarrea agravantes penales, especialmente cuando el conductor opera un vehículo de servicio público.

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En estos casos, se pierde toda garantía procesal que pudiera permitir una reducción de pena. Esto significa que la persona queda expuesta a una condena sin posibilidad de atenuantes, dado que la ley contempla como agravantes tanto el hecho de manejar un vehículo automotor como el consumo de alcohol. En audiencia, la valoración probatoria se ve afectada por estas circunstancias, aumentando la probabilidad de una sentencia condenatoria.

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Además, si el conductor se niega a realizar la prueba de embriaguez, enfrenta sanciones adicionales. La negativa es interpretada como una infracción de mayor gravedad, lo que implica sanciones económicas y administrativas más altas.

Multas por negarse a la prueba de embriaguez pueden superar los $58 millones

La normativa contempla cinco niveles de sanción, desde el grado cero hasta el grado tres, además de una categoría especial por renuncia a la prueba. Negarse a realizar el examen puede costar hasta $58 millones de pesos y una cancelación de la licencia de conducción por 25 años.

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El procedimiento para detectar embriaguez inicia con una prueba de tamizaje, que es un primer test portátil que mide la presencia de alcohol. Si resulta positiva, se conduce al implicado a un equipo de medición más preciso. En caso de negativa injustificada, se activa el parágrafo tercero del artículo quinto de la ley, que impone la sanción más grave.

Para conductores de servicio público, las consecuencias son mayores: si un conductor de taxi, por ejemplo, es sorprendido en grado tres de embriaguez, las multas pueden alcanzar los $60 millones, la licencia se suspende por 20 años, y el vehículo queda inmovilizado por 20 días hábiles.

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Pruebas médicas por consumo de drogas también conllevan sanciones

En situaciones donde el conductor no presenta rastros de alcohol pero sí de sustancias psicoactivas, se remite a medicina legal. Allí, un médico legista evalúa signos físicos como la dilatación de pupilas o la coordinación motriz. En estos casos, no se considera un grado cero: toda alteración corresponde a grado uno, dos o tres, según el criterio del profesional.

Este tipo de análisis no se realiza con el equipo de alcohosensor tradicional, sino con exámenes físicos y toxicológicos. Las sanciones legales se mantienen iguales a las aplicadas por consumo de alcohol, aunque el tipo de prueba varía. Si el conductor se da a la fuga, la norma ordena duplicar las sanciones.

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En cuanto a la posibilidad de impugnar estas sanciones, el ciudadano dispone de cinco días hábiles posteriores a la notificación del comparendo. Sin embargo, la carga probatoria es compleja, especialmente si la infracción fue determinada por un médico. En estos casos, se recomienda contar con asesoría legal especializada, preferiblemente con un abogado experto en tránsito. Los comparendos, además, no pueden eliminarse arbitrariamente ni mediante tramitadores informales.

Conducción bajo sustancias y servicio público: un riesgo jurídico elevado

El llamado de las autoridades es claro: los conductores de transporte público tienen una responsabilidad superior en las vías. Cualquier infracción relacionada con el consumo de alcohol o drogas multiplica las sanciones establecidas para ciudadanos particulares. Las multas son más altas, los tiempos de suspensión de la licencia se duplican, y los vehículos quedan fuera de circulación por más días.

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En suma, la legislación actual establece un régimen sancionatorio estricto para conductores bajo efectos de sustancias, con consecuencias penales, económicas y profesionales. Las autoridades recomiendan evitar cualquier tipo de consumo si se va a conducir y buscar orientación legal en caso de verse involucrado en un procedimiento de este tipo.

Fuente
Alerta Bogotá