
Que no le echen tierra: trabajadores podrán tener buena plata por mala practica de sus jefes
En una decisión clave para la protección de los derechos de los trabajadores en Colombia, la Corte Constitucional reiteró que las referencias laborales deben limitarse a datos objetivos y verificables, como el cargo ocupado, la duración del contrato y las funciones desempeñadas.
Emitir comentarios subjetivos, negativos o desfavorables sobre el desempeño de una persona que ya no hace parte de la empresa puede ser considerado una violación al derecho al trabajo y a la dignidad humana.
Esta sentencia refuerza la idea de que ningún empleador puede convertirse en un obstáculo para que un ciudadano continúe desarrollando su vida laboral en igualdad de condiciones.
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¿Qué dice la ley?
La ley en Colombia, específicamente el Artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, establece que los empleadores están obligados a entregar un certificado laboral a los trabajadores que lo soliciten al finalizar el contrato. Este certificado debe contener información objetiva y verificable como el tiempo de servicio, el cargo desempeñado, el salario devengado y las funciones realizadas.
Adicionalmente, el Artículo 59 numeral 8 del mismo código prohíbe expresamente que los empleadores utilicen signos o referencias negativas en los certificados laborales o que hagan parte de “listas negras” para impedir que los trabajadores sean contratados por otra empresa.
Esto significa que no se pueden incluir juicios de valor, comentarios desfavorables o datos que perjudiquen la reputación profesional del extrabajador. Además, el empleador que proporcione malas referencias puede ser denunciado y enfrentarse a procesos legales por injuria o calumnia.
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Qué sí y qué no puede incluir una referencia laboral
La sentencia también aclaró qué información es válida y qué debe evitarse en una certificación laboral:
- Sí se puede incluir: nombre del trabajador, identificación, cargo ejercido, área en la que laboró, fecha de ingreso, fecha de retiro y funciones principales.
- No se debe incluir: comentarios sobre su comportamiento personal, críticas sobre su rendimiento, conflictos internos o valoraciones subjetivas.
De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, las referencias laborales no son un espacio para calificar, sino para verificar datos objetivos. Cualquier empleador que exceda esa función puede ser denunciado, ya que estaría incurriendo en una conducta que vulnera derechos fundamentales.
¿Y qué pasa si llaman a la empresa a pedir referencias?
Aunque muchas veces las llamadas para referencias laborales son informales y verbales, la Corte Constitucional y la ley colombiana establecen que cualquier tipo de referencia negativa afecta el derecho fundamental al trabajo.
Por eso, los empleadores tienen la responsabilidad legal de abstenerse de emitir juicios de valor o comentarios que perjudiquen al extrabajador, ya sea por escrito o verbalmente durante estas llamadas. En caso de incumplimiento, el trabajador puede denunciar y exigir protección judicial.
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¿Qué puede hacer el trabajador si se ve afectado?
Un trabajador afectado por malas referencias laborales en Colombia puede tomar las siguientes acciones legales para defender sus derechos:
- Presentar una querella por injuria o calumnia ante la Fiscalía General de la Nación, donde debe describir claramente cómo ocurrieron los hechos, cuándo pasaron, quién fue responsable y dónde sucedieron. La Fiscalía investigará y, si hay pruebas suficientes, podrá iniciar un proceso penal contra el empleador o quien haya dado la mala referencia. Esta querella puede presentarse de manera verbal o escrita e incluso por teléfono marcando la línea 122 de la Fiscalía.
- Interponer una acción de tutela ante un juez, que es un mecanismo expedito para proteger derechos fundamentales como el derecho al trabajo y al buen nombre. La tutela debe incluir el documento de identidad, los hechos y la solución que se espera para proteger esos derechos. El juez debe emitir una decisión en un plazo máximo de 10 días y puede ordenar medidas para que se corrija la situación.
- Además, si la denuncia prospera, el trabajador puede solicitar una reparación integral por los daños y perjuicios sufridos debido a la mala referencia.
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¿Qué implicaciones tendría la empresa si incumple esta ley?
Si una empresa da malas referencias laborales de un extrabajador en Colombia, puede enfrentar graves implicaciones legales y económicas. La ley prohíbe que el empleador entregue información negativa que perjudique al trabajador para acceder a un nuevo empleo, ya que esto vulnera el derecho fundamental al trabajo y al buen nombre.
Las consecuencias para la empresa pueden incluir:
- Procesos penales por injuria y calumnia: si se demuestra que la empresa o sus empleados difundieron información falsa o malintencionada que afecta la reputación del extrabajador, puede iniciarse un proceso penal. Estas conductas están penadas con prisión de 16 a 62 meses y multas que pueden ir desde 13 hasta 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Reparación integral por daños y perjuicios: la empresa puede ser obligada a indemnizar al trabajador afectado por los daños económicos y morales causados por la mala referencia. Esto incluye oportunidades de empleo perdidas y daños a su reputación profesional.
- Demandas civiles y acciones de tutela: el trabajador puede presentar acciones legales para proteger sus derechos fundamentales, obligando a la empresa a rectificar, retractarse públicamente o cesar la emisión de esas referencias negativas.
Además, esta mala práctica puede afectar la imagen y la confianza de la empresa en el mercado laboral, generando impactos reputacionales y de responsabilidad social empresarial.
Por todo esto, las compañías deben tener mucho cuidado y limitarse a dar únicamente información objetiva y verificable, evitando cualquier juicio valorativo que pueda constituir una violación a los derechos del trabajador y acarrear sanciones legales severas.